Información

OBJETIVOS y FINALIDADES de la RESIDENCIA CASA DE FAMILIA

LLAR NOSTRA SRA. DEL PILAR es un servicio social especializado, perteneciente a CENTROS SOCIOSANITARIOS CATÓLICOS DE CATALUÑA DE LA COMUNIDAD DE CATALUÑA, entidad sin ánimo de lucro que tiene como fin favorecer la integración social de las personas mayores más desfavorecidas, excluidas o en riesgo de exclusión social, mejorando el bienestar y la calidad de vida de las personas mayores y sus familias.

La LLAR NOSTRA SRA. DEL PILAR basa sus actuaciones en los siguientes fundamentos:

Misión: el centro LLAR NOSTRA SRA. DEL PILAR tiene como misión la prestación de servicios socio-sanitarios especializados mediante una atención personalizada, integral y de calidad a todos los residentes/usuarios, fundamentado en los principios y valores del humanismo cristiano.

Visión: La visión de LLAR NOSTRA SRA. DEL PILAR es la de promover y consolidar una organización socio-sanitaria de calidad con capacidad de adaptación y crecimiento, y que pueda dar respuesta a la necesidad de una atención humanizada y humanizadora de las personas mayores.

Valores. Valores humanos:

  • Idea de Servicio, enfocada en nuestro caso hacia las personas mayores dependientes o en situación de exclusión social.
  • Compromiso social/Solidaridad. Es la forma de hacer efectiva la necesidad de mejorar y humanizar nuestra sociedad, identificándonos con la filosofía del sector no lucrativo.
  • Atención integral, a través de programas asistenciales que cubren todas las necesidades de los residentes/usuarios, con especial atención a las dimensiones física, psíquica, social y espiritual.
  • Búsqueda constante de bienestar y satisfacción de los residentes/usuarios, familiares, trabajadores/as y voluntarios.
  • Respeto a los derechos de los residentes, a su libertad y capacidad de elección, al fomento de la autonomía personal como base de la atención integral.
  • Los trabajadores y trabajadoras son protagonistas fundamentales de este proceso. Para ellos se articula una política laboral basada en el espíritu de equipo, la conciliación de la vida laboral y familiar, la estabilidad de plantillas y la formación continuada.

Valores cristianos:

Atención humana y espiritual. La puesta en práctica de actitudes positivas (respeto, cercanía, empatía, confianza, etc.) por parte del personal del centro, y la programación de actividades religiosas a través del Programa de Pastoral, son dos de los ejes transversales de la Residencia.

Los/las voluntarios/as son en sí valores que fundamentan la Misión y la Visión.

ATENCIÓN INTEGRAL PERSONALIZADA

Cuando nos referimos a la atención integral personalizada, nos referimos a la atención hacia los residentes partiendo de una previa evaluación personal de nuestros profesionales. Por lo tanto, nuestros cuidados van dirigidos a los residentes de acuerdo a sus necesidades, tanto médicas, alimenticias, motrices e incluso psicológicas.

Entre nuestros residentes hay diferentes grados de validez, por eso la atención y el cuidado deben ser personalizados para cada uno de estos diferentes grados con el fin de brindarles la mejor calidad de vida.

Contamos con diferentes servicios e instalaciones para esta atención personalizada, entre los cuales destacan el servicio de consulta médica y personal de enfermería encargados del seguimiento personalizado de las necesidades médicas de nuestros residentes, además disponemos de un módulo de enfermería para residentes con necesidad de una mayor atención, así como de una sala de rehabilitación completamente equipada. Otros servicios que podemos destacar son la atención psicológica, peluquería, podología y servicio espiritual y religioso.

La finalidad de esta Carta de Servicios es:

  • Informar a las diferentes «Partes Implicadas» sobre los servicios prestados por nuestra Residencia.
  • Expresar nuestro esfuerzo por la mejora de nuestros servicios.
  • Establecer un nivel adecuado de calidad de los servicios y controlar su mantenimiento.
  • Posibilitar que nuestras «Partes Implicadas» (usuarios, familiares…) puedan participar (opinar, expresar quejas, recomendaciones, agradecimientos…) en nuestro Sistema de Gestión de la Calidad.
DATOS DE IDENTIFICACIÓN

ORGANIZACIÓN

NOMBRE DE LA ENTIDAD TITULAR: LLAR NOSTRA SRA. DEL PILAR

NÚMERO DE REGISTRO: S04310

PERSONAL RESPONSABLE DE LOS SERVICIOS ESTABLECIDOS EN LA PRESENTE CARTA

DIRECCIÓN: Passeig dels Til·lers, 29. 08530. La Garriga

Nombre del director/a: Ester Foz Casals

Competencias:

  • Coordinación de los equipos de trabajo.
  • Será la responsable del buen funcionamiento del Centro.
  • Realizará y/o supervisará los turnos y plantillas de personal.
  • Velará por el bienestar de los residentes del Centro.
  • Coordinará y gestionará las compras de suministros.
  • Tomará las decisiones administrativas necesarias.
  • En general, todas aquellas actividades no especificadas anteriormente que le sean encomendadas y que tengan relación con la Dirección del Centro.

ÁREA SANITARIA:

Medicina

Competencias:

  • Realizar el reconocimiento médico a los nuevos residentes y completar la correspondiente historia médica y certificaciones profesionales, en las cuales constarán las indicaciones de tipo de vida más acorde, la rehabilitación necesaria y el tratamiento a seguir en caso necesario.
  • Atender las necesidades asistenciales de los residentes. Realizar exámenes médicos, diagnósticos, prescribir los tratamientos más adecuados en cada caso para llevar a cabo las terapias preventivas, asistenciales y de rehabilitación de los diagnósticos clínicos y funcionales de los residentes.
  • Informar a los familiares sobre el estado de salud del residente.
  • Dirigir el programa de movilización y rehabilitación de los residentes, estableciendo en equipo los programas a desarrollar de forma individual y en grupo. Realizar el seguimiento y evaluar los programas conjuntamente con el equipo formado por todas las personas que intervienen.
  • Asistir al personal destinado al centro en casos de necesidad y urgencia. Como máximo responsable de su departamento médico, en caso de que el centro no pueda tratar adecuadamente a los residentes, derivarlos a un centro hospitalario o de salud.
  • Participar en la comisión de supervisión y seguimiento de los residentes en cuanto a las necesidades asistenciales y de la vida diaria de los residentes, que se realizará en colaboración con el director, el trabajador social, el psicólogo y otros profesionales, de acuerdo con la situación física de los residentes, los objetivos a alcanzar y las características del centro.
  • Programar y supervisar los menús y dietas alimentarias de los residentes.
  • Supervisar el trabajo del personal sanitario.
  • Supervisar el estado sanitario de las dependencias del centro.
  • En general, todas aquellas actividades no especificadas que se le soliciten, de acuerdo con su titulación y profesión.

Enfermería
Competencies:

  • Vigilar y atender a los residentes, sus necesidades generales humanas y sanitarias, especialmente cuando requieran de sus servicios.
  • Preparar y administrar los medicamentos según prescripciones facultativas, especialmente los tratamientos. Tomar la presión arterial, el pulso y la temperatura.
  • Colaborar con los médicos preparando el material y medicamentos que deban ser utilizados.
  • Ordenar las historias clínicas y anotar los datos relacionados con su función propia que deban figurar.
  • Atender al residente encamado por enfermedad, realizando los cambios posturales prescritos, controlando el servicio de comidas a los enfermos y suministrando directamente a aquellos pacientes que requieran instrumentalización para su alimentación (sonda nasogástrica, sonda gástrica, etc.).
  • Controlar la higiene personal de los residentes, así como los medicamentos y alimentos que tengan en las habitaciones.
  • Atender las necesidades sanitarias que tenga el personal que trabaja en el centro y sean de su competencia.
  • Colaborar con los fisioterapeutas en las actividades, cuyo nivel de cualificación sea compatible con su titulación de ATS/DUE, cuando sus funciones específicas lo permitan.
  • Realizar los pedidos de farmacia, análisis y radiología en aquellos centros donde no exista especialista.
  • Vigilar y tener cuidado en la ejecución de actividades de tipo físico ordenadas por el médico, observando las incidencias que puedan presentarse durante su realización.
  • En general, todas aquellas actividades no especificadas anteriormente que se le soliciten y estén relacionadas con las mencionadas anteriormente.

Fisioterapia
Competencias:

  • Realizar los tratamientos y técnicas de rehabilitación prescritos.
  • Participar, cuando se le solicite, en el equipo multiprofesional del centro para la realización de pruebas o evaluaciones relacionadas con su especialidad profesional.
  • Hacer el seguimiento y evaluación de la aplicación del tratamiento que realice.
  • Conocer, evaluar, informar y cambiar, si es necesario, la aplicación del tratamiento de su especialidad, utilizando recursos externos.
  • Conocer los recursos propios de su especialidad en el ámbito territorial. Participar en reuniones y sesiones de trabajo convocadas en el centro.
  • Colaborar en temas de su competencia en los programas de formación e información para las familias de los residentes y las instituciones.
  • Asesorar a los profesionales que lo necesiten sobre pautas de movilización y los tratamientos en los cuales las técnicas fisioterapéuticas tengan incidencia.
  • Asistir a las sesiones que se realicen en los centros para la revisión, seguimiento y evaluación de tratamientos.
  • En general, en todas aquellas actividades no especificadas anteriormente que se le soliciten y estén relacionadas con lo anteriormente mencionado.

ÁREA PSICO-SOCIAL:

Psicología
Competencias:

Es el especialista en el estudio de la conducta humana, observando el desarrollo humano y su evolución intelectual, emocional y social. Asimismo, realiza un trabajo de prevención de alteraciones psíquicas y problemas de socialización, aplicando terapias tanto individuales como grupales a aquellas personas que presentan problemas psicológicos de diversas índoles.

FUNCIONES:

  • Realizar los tratamientos psicoterapéuticos, tanto individuales como grupales, a todos los residentes.
  • Seguimiento y evaluación de la aplicación del tratamiento realizado.
  • Dirigir, junto con el equipo interdisciplinario, la elaboración de las valoraciones psicológicas y la atención que precisen los residentes.
  • Realizar el programa de estimulación cognitiva.
  • Fomentar la integración y participación de los residentes en la vida del centro y en su entorno.
  • Impartir enseñanza y acciones formativas relacionadas con el ámbito de la psicología.

Educador Social
Competencias:

  • Conocer, proponer y hacer operativos los procesos de intervención cultural en sus aspectos de gestión y educación.
  • Establecer relaciones entre los ámbitos cultural y educativo con los procesos sociales y económicos.
  • Acceder a las fuentes de información y procedimientos para obtener los recursos necesarios y poner en marcha procesos culturales.
  • Coordinación con profesionales de diversas cualificaciones para diseñar e implementar estrategias de intervención cultural.
  • Ejecución y presupuesto de proyectos y programas diversos, así como realización de informes y evaluaciones pertinentes.
  • Realización de programas y proyectos específicos.
  • Fomentar el desarrollo integral de los residentes a través de la acción lúdico-educativa.
  • Desarrollar y ejecutar diversas técnicas de animación, individuales y/o grupales, que involucren a los residentes en la ocupación de su tiempo libre y promuevan así su integración y desarrollo grupal.
  • Motivar a los residentes sobre la importancia de su participación para lograr su integración y relación positiva con el entorno.
  • Responsabilidad ante cualquier incidencia que surja, en cualquier tipo de trabajo propio o de los animadores socioculturales.
  • Reuniones periódicas con el resto del equipo, así como con los responsables de los diferentes centros donde se realice el trabajo de animación sociocultural.
  • Coordinación del voluntariado y alumnos/as en prácticas de animación sociocultural.
  • Docencia, charlas y ponencias relacionadas con esta categoría profesional.
  • Participar en el plan general de actividades y presupuestos de los diferentes centros.
  • Coordinar los grupos de trabajo, actividades y presupuestos de animación sociocultural.
  • Comunicar a su superior inmediato las incidencias o anomalías observadas en el desarrollo de sus funciones.
  • En general, todas aquellas actividades no especificadas anteriormente y que estén relacionadas con lo anterior.

Trabajo Social
Competencias:

  • Planificar y organizar el trabajo social del centro mediante una adecuada programación de objetivos y racionalización del trabajo.
  • Colaborar y realizar estudios orientados a investigar los aspectos sociales relacionados con los residentes.
  • Ejecutar las actividades administrativas y realizar los informes sociales de los residentes y aquellos que sean solicitados por la dirección del centro, facilitar información sobre los recursos propios y externos, y realizar la valoración de su situación personal, familiar y social.
  • Realizar los tratamientos sociales a través del servicio social individual y grupal para todos los residentes.
  • Fomentar la integración y participación de los residentes en la vida del centro y su entorno.
  • Participar en la preparación e implementación de programas de adaptación de los residentes al centro.
  • Coordinar los grupos de trabajo y actividades de animación sociocultural. Participar en la comisión técnica.
  • Realizar las gestiones necesarias para la resolución de problemas sociales que afecten principalmente a los residentes, en colaboración con entidades e instituciones locales.
  • Participar, junto con el equipo multiprofesional o el departamento médico, en la elaboración de orientaciones o atención que los residentes requieran.
  • Participar en la asignación y cambio de habitaciones y mesas del comedor en coordinación con el departamento de enfermería y la dirección. Visitar a los residentes enfermos.
  • En general, todas aquellas actividades no especificadas anteriormente que le sean encomendadas y estén relacionadas con lo anterior.
RELACIÓN DE SERVICIOS PRESTADOS

Servicio de Atención Integral

Este área incluye las funciones técnicas y asistenciales encargadas del cuidado de los usuarios.

Servicio de desarrollo personal: Proporciona los apoyos necesarios para el desarrollo de las actividades de la vida diaria, mantener o mejorar la autonomía.

Atención a la dependencia y capacidad funcional: Apoyo y mantenimiento de las capacidades instrumentales para participar en actividades que faciliten su inclusión social desde la perspectiva del modelo de calidad de vida.


Unidad de Apoyo Personal y Psicosocial

Atención Psicológica: Programas de intervención en funciones cognitivas (psicoestimulación, entrenamiento de la memoria, orientación en la realidad).

Intervención Social y comunitaria, Información, participación, tramitación de recursos y ayudas técnicas, ayudas para trámites de carácter personal.

Servicio de Promoción de la salud:

  • Atención Médica: Preventiva, General (tratamientos, medicación, seguimiento), valoración nutricional y asesoramiento médico a usuarios y familias.
  • Atención de Enfermería: Desarrollo y seguimiento del plan de Atención Individualizada: Preventiva, tratamientos, seguimientos, cuidados, control y gestión de la medicación, gestión del material sanitario, asesoramiento a usuarios y familias.
  • Fisioterapia: Mantenimiento de habilidades motoras y rehabilitación, movilizaciones pasivas, rehabilitación individualizada y rehabilitación grupal.
  • Terapia Ocupacional: Mantenimiento y adaptación de Actividades básicas e instrumentales, ocupacionales y de ocio.
  • Cada usuario contará con un Plan de Apoyos, que se integra al Programa de Atención Individualizada (P.A.I) desarrollado por el Equipo Interdisciplinario, así como los seguimientos, proyecto de vida y propuestas de intervención.
  • Periódicamente se evaluará este Programa Individual con el objetivo de realizar las actualizaciones necesarias, en función de las circunstancias de cada usuario.
  • Las familias, o tutores de los usuarios, participan y consensúan estos programas y seguimientos, así como las actuaciones básicas asistenciales y sociales que se desarrollan en el Centro.

Área de Servicios Generales:

Corresponde a esta área las funciones que se derivan de las actividades encomendadas a las Unidades de ella dependientes:

  • Recepción, Control, Comunicaciones y vigilancia.
  • Cocina: Elaboración de dietas especiales, control dietético de los alimentos y supervisión de higiene y manipulación de alimentos – Limpieza.
  • Mantenimiento.
  • Lavandería.

Área de Administración. Corresponde a esta unidad:

  • La conservación y actualización de los Expedientes Administrativos de los residentes y personal.
  • La tramitación administrativa de los recursos humanos y materiales necesarios para la prestación de los servicios.
  • La gestión de los recursos económicos y del presupuesto asignado al Centro.
  • El soporte administrativo a la Dirección y a las otras Áreas funcionales.

Otras prestaciones complementarias:

  • Peluquería y podología.
  • Servicios religiosos.
  • Voluntariado.
  • Farmacia

Los servicios están interrelacionados y el funcionamiento del Centro se basa en procedimientos transversales que implican a todos ellos en el contexto de trabajo en equipo.

INFORMACIÓN de CONTACTO

DIRECCIÓN: Passeig dels Til·lers, 29. 08530. La Garriga.

TELÉFONO: 938717996

CORREO ELECTRÓNICO:   dir.nsdelpilar@hhsantacruz.org

HORARIOS DE ATENCIÓN AL PÚBLICO: de 9:00 h a 18:00 h

El Centro presta servicios 24 horas al día, los 365 días del año.

Horario de visitas: 24 horas al día. Se ruega respetar las horas de comida y descanso.

Horario de información: 9:00 a 18:00h

PLANO DE UBICACIÓN:

La residencia LLAR NOSTRA SRA. DEL PILAR está situada en el Passeig dels Til·lers, 29 de La Garriga. La titularidad de la cual es ostentada por las HERMANAS HOSPITALARIAS DE LA SANTA CRUZ.

Conectada con los servicios públicos, cerca del centro de atención primaria.

Dispone de 5 plantas:

  • Planta -1: zonas comunes como el comedor, salas y peluquería.
  • Planta baja: Recepción, oficinas técnicas, habitaciones y capilla.
  • Planta primera: habitaciones.
  • Planta segunda: habitaciones, despacho de enfermería y despacho de los técnicos.
  • Planta tercera: habitaciones y cocina.
  • Planta cuarta: convento de las hermanas.

El centro dispone de 2 ascensores.

Con un total de 50 plazas para servicio de residencia y 2 plazas para servicio de Centro de día, es una residencia para personas mayores, y el principal objetivo es brindar una atención integral en un ambiente familiar.

TRANSPORTE PÚBLICO

  • AUTOBÚS: si
  • TREN: si
  • SERVICIO DE TAXIS:  si

DERECHOS DE LOS USUARIOS EN RELACIÓN CON LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO

Los residentes del centro disfrutarán de los siguientes derechos:

  1. Considerar la residencia como su domicilio habitual en general.
  2. Acceder a la información adecuada sobre sus derechos y deberes como residentes.
  3. Intimidad personal y respeto a sus pertenencias y hábitos de vida que no sean perjudiciales para ellos y para el buen funcionamiento del centro.
  4. Un trato correcto por parte del personal del centro y de los demás residentes, sin discriminación por sexo, edad, raza, ideología o religión.
  5. Mantener relaciones con sus familiares y allegados respetando las normas del centro.
  6. Una alimentación adecuada a sus necesidades, elaborada según principios dietéticos, teniendo en cuenta la elaboración de dietas especiales para aquellas patologías que lo requieran, hábitos, alimentos restringidos, preferencias y alergias, y publicitar el menú en el tablón de anuncios.
  7. Libertad de credo y práctica religiosa, manteniendo la vida cultural, social o política.
  8. Confidencialidad de su expediente clínico y social y otros aspectos de la vida privada.
  9. Conocer su historia socio-sanitaria.
  10. Libertad de entrar y salir de la residencia previa comunicación y ser visitado libremente durante las 24 horas del día.
  11. Participar en el funcionamiento del centro a través de los órganos de representación de las residentes.
  12. Recibir información completa sobre la organización del centro, sus condiciones, normas e información relevante para su estancia.
  13. Participar en las actividades y formar parte de los grupos que se constituyan en la medida de lo posible de acuerdo con los conocimientos y la propia experiencia de cada uno.
  14. Elegir y ser elegido/a como representante de las residentes en el Consejo de la Residencia.
  15. Manifestar a las personas responsables del centro quejas, reclamaciones, peticiones y propuestas que consideren oportunas.
  16. Hacer uso de los servicios del centro de forma adecuada, previamente establecida, existiendo HOJAS DE RECLAMACIONES a su disposición.
  17. Estar informados y decidir sobre la participación en estudios e investigaciones.
  18. Conocer a los profesionales del centro y saber a quién dirigir las preguntas o solicitar información.
  19. Recibir la información oportuna sobre tratamientos y programas, conociendo perjuicios y beneficios, y posibles alternativas.

Obligaciones

Los deberes de los residentes son:

  1. De conocer y cumplir las Normas de Régimen Interior del Centro.
  2. De respetar el ideario católico de la Residencia.
  3. De contribuir económicamente de acuerdo con lo establecido en la solicitud o contrato.
  4. De mantener normas elementales de convivencia, higiene y decoro.
  5. De colaborar con el personal que le atiende para hacer su estancia y la de sus compañeras lo más agradable posible.
  6. De tratar con el máximo respeto a las otras residentes y al personal laboral del centro.
  7. De respetar la intimidad, el descanso y la tranquilidad de las residentes, especialmente durante las horas dedicadas al descanso.
  8. De integrarse en la convivencia del centro, considerándolo como su propio hogar.
  9. De colaborar en la conservación de la residencia, haciendo un buen uso de sus instalaciones.
  10. De proporcionar al centro información veraz y fidedigna en aquellos temas que sean necesarios para su buen funcionamiento.
  11. La Fundación, como órgano que regenta el centro, se reserva el derecho de trasladar a la residente, ya sea por sus condiciones físicas o psíquicas (a criterio del facultativo del centro o del Servicio Valenciano de Salud), a cualquier otro centro que cumpla las condiciones de atención a la residente mediante una comunicación anticipada a la residente y a sus familiares.
  12. Deberá firmar el documento pertinente en caso de negarse a las actuaciones sanitarias propuestas una vez que la residente haya sido plenamente informada.
  13. Acatar y cumplir las resoluciones sancionadoras firmes por infracciones cometidas en calidad de residente.

La residencia proporciona todo lo que el residente necesita.

NO SE PERMITE LLEVAR JOYAS, DINERO U OTROS OBJETOS DE VALOR SUSCEPTIBLES DE NO LOCALIZARSE.

LA RESIDENCIA NO SE HACE RESPONSABLE EN CASO DE PÉRDIDA O ROBO.

RELACIÓN NORMATIVA

AUTORIZACIÓN SANITARIA DE FUNCIONAMIENTO (Decreto 49/2005 de 23 de junio)

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CENTRO Norma UNE-ISO 93200 «Carta de Servicios, requisitos» de abril de 2008.

De carácter general:

Constitución Española de 27 de diciembre de 1978 (BOE de 29 de diciembre).

Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.

Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE de 2 de octubre), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Artículo 18.7 del Decreto 284/1996 de 23 de julio de regulación del Sistema Catalán de Servicios Sociales modificado por el Decreto 176/2000 de 15 de mayo de mutuo acuerdo.

A. Personas MAYORES:

Orden de 16 de mayo de 1985 (BOE de 29 de mayo), por la que se aprueba el estatuto básico de los centros de tercera edad.

Real Decreto 117/2005, de 4 de febrero (BOE de 5 de febrero), por el que se crea y regula el Consejo Estatal de las Personas Mayores.

Decreto 284/1996 de 23 de julio, de regulación del Sistema Catalán de Servicios Sociales modificado por el Decreto 176/2000 de 15 de mayo.

B. Autonomía personal y dependencia:

Ley 39/2006, de 14 de diciembre (BOE de 15 de diciembre), de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia y normativa de desarrollo. Real Decreto 174/2011, de 11 de febrero (BOE de 18 de febrero), por el que se aprueba el baremo de valoración de la situación de dependencia establecido por la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia.

Real Decreto-Ley 20/2012, de 13 de julio (BOE de 14 de julio), de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad.

Resolución de 13 de julio de 2012 (BOE de 3 de agosto), de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, por la que se publica el acuerdo del Consejo Territorial del sistema para la mejora del sistema para la autonomía y atención a la dependencia.

Real Decreto 1051/2013, de 27 de diciembre (BOE de 31 de diciembre), por el que se regulan las prestaciones del sistema para la autonomía y atención a la dependencia, establecidas en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia.

C. Sanitarias:

No están especificadas.

FORMAS de PARTICIPACIÓN

El órgano de participación de las residentes en el Centro se llevará a cabo a través del CONSEJO DE USUARI@S, que se reunirá al menos una vez al trimestre en sesión ordinaria y en sesión extraordinaria cuantas veces se estime oportuno y los temas a tratar lo requieran.

Composición

Se constituirá un Consejo de Usuari@s formado por todas las residentes, entre las cuales se elegirá a una representante, la cual deberá ser renovada o reelegida cada dos años. Esta representante servirá de nexo de unión entre las demás residentes y la junta rectora de la residencia, o en su defecto, la directora.

Funciones del consejo de usuarias y sus miembros

  • Informar las quejas, peticiones, sugerencias y propuestas que les sean transmitidas por los usuarios y tratarlas en el Consejo.
  • Elevar a la dirección del centro las propuestas que se estimen para el buen funcionamiento del mismo.
  • Mantener debidamente informados a los usuarios de todo aquello que pueda afectarles.
  • Fomentar y colaborar en el desarrollo de los programas de actividades del centro.
  • Estimular la solidaridad entre las usuarias impulsando y procurando la integración en la comunidad.
  • Fomentar las relaciones de convivencia de las usuarias en el centro.
  • Cualquier otra que se derive de su naturaleza como órgano asesor, de participación y colaboración.

Proceso de elección de los miembros del Consejo de Usuari@s

La dirección del centro establecerá los medios necesarios para el buen desarrollo de las elecciones. Se nombrará un responsable que atenderá todas aquellas gestiones que se deriven del proceso electoral.

El Consejo de usuarias tendrá carácter bianual, pasado este período se convocarán nuevas elecciones, la fecha de las mismas se hará pública al menos con 15 días de antelación.

En caso de renuncia o vacante por cualquier motivo, la representación pasará a ostentarla la siguiente más votada dentro de su grupo y así sucesivamente. Los empates se resolverán a favor de la más antigua como usuaria del centro y en caso de persistir el empate, la representación de las usuarias corresponderá a la residente de mayor edad.

De cada una de las elecciones al Consejo de Usuarias, la entidad titular levantará un acta que será firmada por sus representantes y un miembro del Consejo saliente en representación de las usuarias elegida por el mismo a tal efecto.

Funcionamiento interno del Consejo de Usuarios

El Consejo se reunirá en sesión ordinaria al menos una vez al trimestre. En sesión extraordinaria podrá reunirse cuantas veces se estime oportuno y la urgencia de los temas a tratar lo requieran. De todas las reuniones del Consejo se extenderán las correspondientes actas.

La representación de las usuarias en el Consejo no podrá ser delegada. En cada sesión constitutiva del Consejo resultante de las elecciones celebradas, se designará un Presidente y un Secretario. El Presidente efectuará las convocatorias y dirigirá las sesiones, el Secretario extenderá acta de las mismas.

FORMAS de PARTICIPACIÓN

El órgano de participación de las residentes en el Centro se llevará a cabo a través del CONSEJO DE USUARI@S, que se reunirá al menos una vez al trimestre en sesión ordinaria y en sesión extraordinaria cuantas veces se estime oportuno y los temas a tratar lo requieran.

Composición

Se constituirá un Consejo de Usuari@s formado por todas las residentes, entre las cuales se elegirá a una representante, la cual deberá ser renovada o reelegida cada dos años. Esta representante servirá de nexo de unión entre las demás residentes y la junta rectora de la residencia, o en su defecto, la directora.

Funciones del consejo de usuarias y sus miembros

  • Informar las quejas, peticiones, sugerencias y propuestas que les sean transmitidas por los usuarios y tratarlas en el Consejo.
  • Elevar a la dirección del centro las propuestas que se estimen para el buen funcionamiento del mismo.
  • Mantener debidamente informados a los usuarios de todo aquello que pueda afectarles.
  • Fomentar y colaborar en el desarrollo de los programas de actividades del centro.
  • Estimular la solidaridad entre las usuarias impulsando y procurando la integración en la comunidad.
  • Fomentar las relaciones de convivencia de las usuarias en el centro.
  • Cualquier otra que se derive de su naturaleza como órgano asesor, de participación y colaboración.

Proceso de elección de los miembros del Consejo de Usuari@s

La dirección del centro establecerá los medios necesarios para el buen desarrollo de las elecciones. Se nombrará un responsable que atenderá todas aquellas gestiones que se deriven del proceso electoral.

El Consejo de usuarias tendrá carácter bianual, pasado este período se convocarán nuevas elecciones, la fecha de las mismas se hará pública al menos con 15 días de antelación.

En caso de renuncia o vacante por cualquier motivo, la representación pasará a ostentarla la siguiente más votada dentro de su grupo y así sucesivamente. Los empates se resolverán a favor de la más antigua como usuaria del centro y en caso de persistir el empate, la representación de las usuarias corresponderá a la residente de mayor edad.

De cada una de las elecciones al Consejo de Usuarias, la entidad titular levantará un acta que será firmada por sus representantes y un miembro del Consejo saliente en representación de las usuarias elegida por el mismo a tal efecto.

Funcionamiento interno del Consejo de Usuarios

El Consejo se reunirá en sesión ordinaria al menos una vez al trimestre. En sesión extraordinaria podrá reunirse cuantas veces se estime oportuno y la urgencia de los temas a tratar lo requieran. De todas las reuniones del Consejo se extenderán las correspondientes actas.

La representación de las usuarias en el Consejo no podrá ser delegada. En cada sesión constitutiva del Consejo resultante de las elecciones celebradas, se designará un Presidente y un Secretario. El Presidente efectuará las convocatorias y dirigirá las sesiones, el Secretario extenderá acta de las mismas.